Guía
¿El incoterm DDP conviene al comprar piezas maquinadas para México?
El incoterm DDP es la regla de las Incoterms 2020 de la Cámara de Comercio Internacional (ICC) en la que el vendedor entrega la mercancía en el lugar de destino convenido, lista para descargarse y ya despachada para importación, y asume los costos y riesgos del viaje completo, incluidos los derechos, impuestos y demás cargos de importación. Sus siglas vienen del inglés Delivered Duty Paid («entregado con derechos pagados»). En el papel es la opción más cómoda para el comprador; en México choca con una realidad legal: el pedimento lo presenta un importador inscrito en el padrón del SAT, y quien aparece como importador es quien acredita el IVA, quien puede usar IMMEX o PROSEC y quien responde por el origen declarado.
Por Equipo de ingeniería de Saola Manufacturing · Publicado · Actualizado
Vigente al 17 de octubre de 2026. No es asesoría aduanal; confirme con su agente aduanal. Esta guía explica la regla y sus efectos en México; no es una oferta de entrega con derechos pagados.
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Datos clave
- Quien importa mercancía a México debe estar inscrito en el Padrón de Importadores que lleva el SAT (Ley Aduanera, artículo 59, fracción IV, texto vigente consultado en 2026)
- Las reglas Incoterms son once términos comerciales de tres letras; la versión vigente es la de 2020 (ICC, Incoterms 2020)
- El IVA de la importación se calcula sobre el valor en aduana más el IGI y los demás gravámenes de la operación (Ley del IVA, artículo 27, texto vigente consultado en 2026)
- Con Saola Manufacturing, el Incoterm y la ubicación de producción de cada partida se definen en la cotización, que se responde en inglés.
¿Qué le exige al vendedor el DDP según las reglas Incoterms 2020?
Le exige poner la mercancía a disposición del comprador en el lugar de destino convenido, despachada para importación y con los derechos e impuestos de importación pagados. Es la regla que más obligaciones carga al vendedor de las once.
En DDP, el vendedor contrata el transporte hasta el destino, hace el despacho de exportación en su país, el despacho de importación en el país del comprador y paga los cargos de ambos lados. El riesgo pasa al comprador hasta que la mercancía está en el lugar convenido, sobre el vehículo y lista para descargarse; la descarga corre por cuenta del comprador, salvo que el contrato diga otra cosa.
La propia ICC advierte en sus notas explicativas que las partes no deberían elegir DDP si el vendedor no puede obtener, directa o indirectamente, el despacho de importación. Ese es exactamente el problema en México para un proveedor del extranjero, y por eso conviene leer la regla junto con la Ley Aduanera antes de pedirla.
¿Quién presenta el pedimento y paga IGI, DTA e IVA con cada Incoterm?
Con cualquier regla distinta de DDP (EXW, FCA, FOB, CIF, CIP, DAP o DPU, entre otras), el comprador mexicano es el importador: presenta el pedimento por medio de su agente aduanal y paga el IGI, el DTA y el IVA. Solo con DDP esas cargas pasan al vendedor.
La tabla resume las reglas que más se usan para piezas que viajan de Asia a los puertos mexicanos del Pacífico, como Manzanillo y Lázaro Cárdenas. Las reglas FAS, FOB, CFR y CIF son solo para transporte marítimo o fluvial; FCA, CPT, CIP, DAP, DPU y DDP sirven para cualquier modo, incluido el contenedor y el envío aéreo.
| Regla | Dónde pasa el riesgo al comprador | Despacho de exportación | Pedimento en México | IGI, DTA e IVA de importación |
|---|---|---|---|---|
| EXW | En la planta del vendedor, sin cargar | Comprador | Comprador (importador) | Comprador |
| FCA | Al entregar al transportista que designa el comprador | Vendedor | Comprador (importador) | Comprador |
| FOB | Cuando la mercancía está a bordo del buque en el puerto de embarque | Vendedor | Comprador (importador) | Comprador |
| CIF | A bordo en el puerto de embarque (el vendedor paga flete y seguro hasta el puerto de destino) | Vendedor | Comprador (importador) | Comprador |
| DAP | En el lugar de destino, listo para descargar | Vendedor | Comprador (importador) | Comprador |
| DDP | En el lugar de destino, listo para descargar | Vendedor | Vendedor o el importador que él contrate | Vendedor (salvo pacto distinto en el contrato) |
¿Puede un proveedor extranjero ser el importador en México?
Solo si está inscrito en el Padrón de Importadores, y para eso necesita RFC, firma electrónica y obligaciones fiscales en México. Un taller en Asia normalmente no las tiene, así que una venta «DDP México» suele resolverse con un tercero que funge como importador.
Ese tercero, que en el mercado se conoce como importador de registro o comercializadora, presenta el pedimento a su nombre, paga las contribuciones y después le vende las piezas al comprador final con una factura mexicana que traslada el IVA. Es una figura legal si el tercero opera de verdad como importador y cumple sus obligaciones; el riesgo aparece cuando nadie revisa la clasificación, el valor o el origen que ese tercero declara, porque los errores salen en una revisión posterior y la mercancía puede quedar señalada.
Para el comprador, la pregunta práctica es quién va a aparecer en el campo de RFC del importador del pedimento. Si no es su empresa, varias decisiones que le importan ya no dependen de usted.
¿Qué deja de controlar el comprador cuando compra con DDP?
Deja de controlar el pedimento: el IVA de importación lo acredita quien lo pagó, el programa IMMEX solo lo puede usar el titular que importa, y la preferencia de un tratado la reclama el importador. Con DDP, todo eso queda del lado del vendedor o de su importador.
Para una maquiladora con programa IMMEX, el efecto es directo: una importación temporal con clave IN la hace la empresa titular del programa, no su proveedor. Si las piezas llegan con DDP, entran como importación definitiva a nombre de otro, y la planta pierde el diferimiento y el control de inventarios que le da su programa. Algo parecido pasa con PROSEC: el arancel preferencial lo aprovecha el productor registrado que importa, no un tercero.
Con el IVA, la diferencia es de flujo de efectivo y de documentación. Si usted importa, paga el IVA en el pedimento y lo acredita conforme a la Ley del IVA; si compra con DDP a un importador de registro, recibe una factura nacional con IVA trasladado. En los dos casos se paga IVA; lo que cambia es quién tiene el pedimento que respalda el origen y el valor ante una auditoría.
¿Cuándo conviene más FCA o FOB, y cuándo DAP?
FCA o FOB convienen cuando usted ya tiene un agente de carga y un agente aduanal y quiere controlar el flete y el pedimento. DAP conviene cuando prefiere que el proveedor contrate el transporte hasta su planta, pero quiere seguir siendo el importador.
FOB es la regla más conocida en México, pero la ICC la reserva para mercancía que se carga a bordo de un buque. Para piezas que viajan en contenedor, y que el vendedor entrega en una terminal antes de que se carguen, la ICC recomienda FCA, porque el riesgo pasa en el momento en que el vendedor realmente pierde el control de la carga. Para un embarque aéreo, FOB no aplica.
DAP es la opción intermedia para compradores que no quieren negociar fletes marítimos: el vendedor lleva la mercancía hasta el lugar convenido, por ejemplo su planta en el Bajío o en Nuevo León, y usted hace el pedimento con su agente aduanal. Así conserva el IVA acreditable, su programa IMMEX y el reclamo de preferencias, y el costo de llegar a su puerta queda en una sola cotización.
¿Cómo cambia el valor en aduana según el Incoterm?
En México, el valor en aduana incluye el flete y el seguro hasta el lugar de entrada al país, y excluye los gastos posteriores a la importación si se facturan por separado. Por eso el mismo precio de pieza produce valores en aduana distintos según la regla.
Con EXW, FCA o FOB, su agente aduanal suma como incrementables el flete internacional y el seguro hasta el puerto mexicano, conforme al artículo 65 de la Ley Aduanera. Con CIF o CIP, ese flete ya viene en el precio. Con DAP o DDP a una planta tierra adentro, el precio incluye también el tramo dentro de México; el artículo 66 permite dejarlo fuera del valor en aduana si la factura lo distingue del precio de las piezas.
Si la factura llega con un solo precio global, el agente no tiene cómo separar ese tramo, y el IGI, el DTA y el IVA se calculan sobre un valor más alto que el necesario. Pida siempre la factura con el precio de las piezas, el flete internacional, el seguro y el flete nacional en renglones separados.
¿Qué debe quedar escrito en la cotización y en la orden de compra?
La regla Incoterms con su versión y el lugar exacto, quién será el importador en México y cómo se desglosan los cargos. Con eso no hay sorpresas en el pedimento ni discusiones sobre quién paga qué.
Escriba la regla completa, por ejemplo «FCA puerto de embarque, Incoterms 2020» o «DAP planta del comprador en Querétaro, Incoterms 2020», y no solo las siglas. Indique la razón social y el RFC del importador, la fracción arancelaria si ya la tiene, y si va a reclamar el TIPAT para una pieza de origen vietnamita, porque esa decisión define qué documentación de origen debe viajar con el embarque.
Para piezas de torneado CNC y fresado CNC, la página de aranceles y origen explica cómo el origen y los decretos de 2025 y 2026 afectan el IGI, y el formulario de cotización le permite indicar el Incoterm y la fracción desde el principio.
Preguntas frecuentes
¿DDP incluye el IVA de importación?
Según las reglas Incoterms 2020, en DDP los derechos, impuestos y demás cargos de importación corren por cuenta del vendedor, salvo que el contrato diga otra cosa. Como el IVA de importación es un impuesto que se paga en el pedimento, conviene escribir expresamente en el contrato quién lo absorbe y quién lo acredita.
¿Cuál es la diferencia entre DAP y DDP?
En las dos el vendedor lleva la mercancía hasta el lugar convenido. En DAP el comprador hace el despacho de importación y paga sus contribuciones; en DDP lo hace el vendedor. Para un comprador mexicano que quiere conservar el control del pedimento, DAP suele ser la regla más útil de las dos.
¿Sigue siendo válido usar Incoterms 2010?
Las partes pueden pactar cualquier versión, porque las reglas Incoterms se aplican por contrato. Lo importante es escribir cuál: CIF y CIP piden coberturas de seguro distintas en la versión 2020, y DAT dejó de existir y fue sustituido por DPU.
¿El Incoterm aparece en el pedimento?
Sí. En la sección de datos del proveedor, el pedimento declara la forma de facturación según los Incoterms, con la clave del Apéndice 14 del Anexo 22 de las RGCE. Si la factura y el pedimento declaran reglas distintas, el valor en aduana puede no cuadrar.
¿Quién asume el riesgo si la carga se daña en el puerto de Manzanillo?
Depende de la regla: con FCA, FOB o CIF el riesgo ya era del comprador desde el embarque en origen; con DAP o DDP seguía siendo del vendedor hasta el lugar de destino convenido. Por eso el seguro de carga debe contratarlo quien tiene el riesgo en cada tramo.
Fuentes
- Incoterms 2020: reglas de la Cámara de Comercio Internacional, ICC, 2020
- Ley Aduanera (artículos 59, 64, 65 y 66), texto vigente, Cámara de Diputados, consultado en octubre de 2026
- Ley del Impuesto al Valor Agregado (artículos 1 y 27), texto vigente, Cámara de Diputados, consultado en octubre de 2026
- Anexo 22 de las RGCE para 2026, Apéndice 14 (términos de facturación), SAT, 2026
- Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (IMMEX), DOF, 1 de noviembre de 2006